CGT에 후퇴: 노동개혁 정의에서 노동판사들의 권한 박탈

Revés para la CGT: le sacan a los jueces laborales la definición sobre la reforma laboral

Clarin Clarin.com - Home ES 2026-04-11 05:29 Translated
연방행정소송법원이 정부의 청구를 인용했다. 노동사법부는 이미 국회가 승인한 법률의 부분 중단을 요청했다.
연방행정소송법원이 노동개혁법(Ley de Modernización Laboral) 위헌 선언을 위해 사법부가 개입해야 하는 관할권이 바로 그 법원이라고 판결한 후, CGT는 위헌성 선언을 위한 시도에서 심각한 후퇴를 겪었다.

이 조치는 정부가 CGT가 시작한 소송을 노동법원에서 부에노스아이레스 시의 사법부로 이송하기 위한 청구를 인용함으로써 내려졌다.

연방행정소송법원의 담당 판사인 마카레나 마라 히메네스(Macarena Marra Giménez)는 산드라 페토벨로(Sandra Pettovello)가 이끄는 인적자본부의 항변 청구를 인용하기로 결정했으며, CGT가 시작한 소송에서 그 법원의 관할권을 선언했다.

실제로 마라 히메네스의 판결은 노동 관련 1심 법원이 노동개혁법(Ley 27.802)의 83개 조항의 적용을 임시로 중단하기로 결정한 후에 알려졌다.

정부는 관할권 변경 청구를 뒷받침하기 위해 부에노스아이레스 시에 소재한 연방행정소송법원의 관할권을 정하는 노동현대화법 제79조를 활용했으며, 이는 피소인 또는 이해관계인으로서 국가가 포함된 사건을 해결하기 위한 것이다.

해당 법규는 또한 국가노동사법부의 개입을 명시적으로 금지했다. 문제는 논쟁의 여지가 있는 제79조가 국가노동1심판사법원 제63호의 판사부 판결에 의해 중단되었다는 것이다.

CGT는 조직 대표자인 호르헤 솔라(Jorge Sola), 옥타비오 아르궤요(Octavio Argüello), 크리스티안 헤로니모(Cristian Jerónimo)로 대리되어 2026년 3월 6일 공식 공보에 공표된 노동개혁의 광범위한 조항들의 위헌성 선언을 요청했다.

또한 판결에서는 국가노동판사 라울 오라시오 오헤다(Raúl Horacio Ojeda) 판사가 이끄는 법원이 "연방법원이 아니며, 이러한 이유로 현재의 항변이 적절하며, 더욱이 국가가 헌법 제116조에 의해 정한 연방관할권의 특권을 가지고 있다는 점을 감안할 때"라고 지적했다.

노동현대화법 승인 후, 노동총연맹은 사법부에 가서 위헌성 선언을 요청했다. 이에 따라 3월 30일 오헤다 판사는 노동총연맹(CGT)의 청구에 따라 임시 조치를 내렸다.

첫 번째 조치로 판사는 위헌성에 관한 본안 판결이 내려질 때까지 82개 조항을 중단했다.

계속 보도 중

Un juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a un pedido del Gobierno.La Justicia laboral ya había pedido la suspensión parcial de la ley aprobada por el Congreso.

Un fuerte revés sufrió la CGT en su intento por conseguir que la justicia declare inconstitucional la ley de Modernización Laboral luego de que un juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal resolviera que ese fuero es el que deberá intervenir frente al reclamo de la central sindical.

La medida fue dictada al hacer lugar a un pedido del Gobierno para que la causa iniciada por la CGT sea transferida de los tribunales del trabajo a la justicia de la Ciudad.

La jueza federal Macarena Marra Giménez, titular del juzgado Contencioso Administrativo Federal, resolvió hacer lugar a la inhibitoria planteada por el Ministerio de Capital Humano, que comanda Sandra Pettovello, y declaró la competencia de ese fuero en la causa iniciada por la CGT.

Lo cierto es que el fallo de Marra Giménez se conoció luego de que un tribunal de primera instancia en materia laboral resolvió suspender -de manera provisoria- la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 de la reforma laboral.

Para sostener su reclamo de cambio de fuero, el Gobierno se apoyó justamente en el artículo 79 de la Ley de Modernización Laboral que establece que la competencia de la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, para resolver sobre las cuestiones que tengan como parte demandada o como tercero interesado al Estado Nacional

Incluso la normativa prohíbe expresamente la intervención de la Justicia Nacional del Trabajo. La cuestión es que el controvertido artículo estaba suspendido por resolución del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63

En la presentación, la CGT, representada por sus cotitulares Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, pidió que se declare la inconstitucionalidad de una amplia cantidad de artículos de la reforma laboral, publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026.

Asimismo, en la resolución se señala que el juzgado que está cargo del juez nacional del trabajo Raúl Horacio Ojeda, "no es un juzgado federal, razón por la cual la presente inhibitoria resulta procedente, máxime considerando que el Estado Nacional cuenta con la prerrogativa del fuero federal establecido por el artículo 116 de la Constitución Nacional".

Tras la aprobación de la ley de Modernización Laboral, la central sindical fue a la justicia a pedir que se la declare inconstitucional. Así, el 30 de marzo, Ojeda dictó una medida cautelar a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT).

Como primera medida, el magistrado suspendió 82 artículos hasta que se dicte un fallo sobre el fondo del planteo, que es la inconstitucionalidad.

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